En Tribunales se resolvió mediante un juicio abreviado la situación procesal de R.M, el hombre que permanecía bajo la lupa judicial luego de que su pequeño hijo ingresara al hospital con marcas visibles de violencia en su cuerpo y con estudios posteriores, positivo vagamente en cocaína.
Si bien la investigación penal preparatoria se inició bajo una fuerte sospecha de maltrato intrafamiliar, el avance de las pericias y los testimonios recolectados modificaron el rumbo de la acusación original, derivando en una condena por el delito de lesiones culposas. El acuerdo fue homologado por el juez de Garantías, Federico Rodríguez, tras la conformidad de todas las partes.
El vuelco definitivo en la causa penal se produjo a partir de la declaración del menor en Cámara Gesell. En dicha instancia de entrevista videograbada, la cual fue considerada crucial por el Ministerio Público Fiscal -representado en la audiencia por el fiscal Alberto Martínez y la ayudante fiscal Virginia Pérez Lloverás-, el niño relató de manera espontánea cómo se había producido cada uno de sus traumatismos. Lejos de señalar un hecho de violencia directa por parte de su progenitor, el menor recordó con claridad que se había golpeado accidentalmente mientras jugaba en una plaza. Durante el procedimiento preventivo, el niño dejó en evidencia el fuerte vínculo afectivo que mantiene con el imputado al manifestar ante los profesionales la frase: “Yo lo extraño a mi papá”.
Ante la solidez de las pruebas que descartaban una agresión física intencional, la defensa técnica del imputado, ejercida por la abogada María Filomena Noriega, y los representantes de la fiscalía encuadraron el hecho bajo una calificación legal diferente a la inicial.
El acusado admitió su responsabilidad por la omisión en el deber de cuidado, reconociendo judicialmente que las lesiones sufridas por el niño se originaron por la falta de una debida supervisión mientras el menor se encontraba a su cargo. Sin embargo, el panorama del imputado se vio severamente condicionado por sus antecedentes penales. Los registros del reo computaban tres condenas previas en la justicia de ejecución: dos de ellas vinculadas a la ley de estupefacientes en distintas fechas y una tercera por el delito de hurto.
La acumulación de estos antecedentes impidió que la nueva pena fuera de cumplimiento condicional. En consecuencia, las partes acordaron la imposición de una sanción de un mes y diecinueve días de prisión efectiva. Debido a que el cómputo total equivale a 50 días de reclusión y considerando el tiempo que el hombre ya pasó bajo la medida de prisión preventiva, las autoridades del Servicio Penitenciario Provincial confirmaron que Montori completará la condena y recuperará su libertad el próximo 23 de junio.












