A casi dos meses de la impactante causa por el hombre que fue quemado detrás de la Terminal de Ómnibus de San Juan, la Justicia resolvió un giro clave: la Fiscalía bajó la imputación de tentativa de homicidio a lesiones graves, lo que permitió avanzar con un acuerdo de juicio abreviado.

Como resultado, Hernán de Jesús Álvarez Maturano, alias “El Pata de Mono”, y Brisa Agostina Mallea González fueron condenados a un año y dos meses de prisión. En el caso de Álvarez Maturano, la pena será de cumplimiento efectivo en el penal debido a su condición de reincidente. En tanto, Mallea González recibió una condena condicional, por lo que recuperó la libertad.

En paralelo, Sofía Alaniz, conocida como “Pampita”, fue sobreseída y también quedó en libertad.

La resolución se concretó este lunes 4 de mayo en una audiencia realizada en la Sala 9 de Tribunales, donde el juez Diego Manuel Sanz homologó el acuerdo entre la UFI de Delitos Especiales, representada por el fiscal Francisco Pizarro y las defensas, a cargo del abogado Faustino Gélvez (por el «Pata de Mono») y la defensora oficial Sandra Leveque (por Mallea González y «Pampita»).

Inicialmente, los tres habían sido imputados por intento de homicidio y enviados a prisión preventiva por tres meses, mientras se fijaba un plazo de seis meses para la investigación penal preparatoria.

En aquella audiencia, el fiscal Francisco Pizarro, junto a los ayudantes fiscales Maximiliano Gerarduzzi y Facundo Romero, había sostenido la calificación más grave en base a los elementos reunidos.

Sin embargo, con el avance de la causa, las partes acordaron recalificar el hecho como lesiones graves, lo que derivó en el acuerdo abreviado que evitó la realización de un juicio oral. La investigación no había hallado pruebas contra Alaniz, pero sí con el resto de los acusados. Los registros fílmicos de las cámaras de seguridad de la zona, más otros elementos de prueba, pusieron al «Pata de Mono» y Mallea González como coautores del hecho.

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